Sociedad por acciones simplificada.

Sociedades

La Ley Orgánica de Emprendimiento e Innovación incluyó la Sociedad por Acciones Simplificada a las especies de compañías que constituyen personas jurídicas en nuestro ordenamiento jurídico.

Se creó con el objetivo de fomentar un entorno propicio para la formación de nuevas compañías, de emprendimientos y su formalización, maximizando su duración y sus resultados económicos y sociales, potenciando su acceso al mercado nacional y extranjero.

Actualmente, es la mejor opción para empresas que requieren un control cerrado de sus accionistas, pues permite determinar condiciones especiales y personalizadas para transferir sus acciones.

A continuación sus características más relevantes:

  • Se puede constituir en línea, por documento privado – firma electrónica -.
  • Requiere al menos un accionista.
  • Permite determinar condiciones para transferir sus acciones.
  • No requiere capital mínimo.
  • Es de plazo indefinido.
  • Prevé la digitalización de los libros sociales.

Cualquier compañía se puede transformar en sociedad por acciones simplificada, volviendo así más dinámica la forma de regir una empresa en la actualidad.